Las funcionalidades del qBID permiten la gestión con antelación de los convenios de prácticas: envío provisional de alumnos de GIA a qBID. Aún que este sistema permite agilizar los trámites, se debe tener en cuenta que hay información que puede cambiar des de que se preparan los convenios provisionalmente hasta que se inician.
Por ejemplo, se puede dar el caso que las fechas de inicio de las prácticas se retrasen. Por un lado, en un certificado de profesionalidad, las prácticas siempre deben empezar a partir de la fecha de incorporación del alumno al módulo de prácticas (DL1 o DL2), incluida esta fecha. Por el otro, en unas prácticas de perfeccionamiento profesional fuera de la durada de la acción formativa, las prácticas de todo el alumnado siempre deben empezar entre el día posterior al cierre del IFA de la acción y hasta un mes más tarde. Los convenios de prácticas deben tener fechas de inicio que respeten estas condiciones. En caso contrario, el qBID impedirá el seguimiento de prácticas.
En conclusión, se recomienda que antes que un alumno inicie una Formación Práctica en un centro de trabajo se compruebe que no haya habido variaciones en los datos de su convenio de prácticas, sobretodo en cuestión de fechas. Así se podrá disponer de un margen suficiente para corregir los convenios.
De entrada, toda aquella información que se debe cargar al qBID y que está ligada a la actividad de una fecha concreta, se puede mecanizar mientras no hayan pasado més de 15 días.
Puede realizar la re-asignación del tutor/a de prácticas desde la ficha del convenio.
Estandar |
Condiciones:
– Máximo de 6 horas diarias.
– Máximo de 20 horas semanales.
– Máximo de 5 dias a la semana de lunes a sábado.
– Horario de mañana limitado de 08h a 15h.
– Horario de tarde limitado de 15h a 20h.
– Fecha de inicio no puede ser anterior a 15 dias de la fecha actual.
Aprobación por silencio administrativo o actuación directa del técnico de seguimiento. |
Intensiu |
Condicions:
– Máximo de 7 horas diarias.
– Máximo de 30 horas semanales.
– Máximo de 5 dias a la semana de lunes a sábado.
– Horario de mañana limitado de 08h a 15h.
– Horario de tarde limitado de 15h a 20h.
– Fecha de inicio no puede ser anterior a 15 dias de la fecha actual.
Aprobación exclusivamente por actuación directa del técnico de seguimiento. |
Especial |
Condicions:
– Máximo de 16 horas diàries.
– Máximo de 40 horas setmanals.
– De dilluns a diumenge.
– Sense limitació d’horari de mati ni tarda.
– Fecha de inicio no puede ser anterior a 15 dias de la fecha actual.
Aprobación exclusivamente por actuación directa del técnico de seguimiento. |
Por otra parte, todo y ser estandar si el CIF del centro colaborador y el CIF de la empresa son coincidentes será necesaria la aprobación expresa del técnico de seguimiento.
Para no perdee las horas, es necesario que el convenio se cierre con una “finalización anticipada”. Pero si se realiza por medio de “la anulación del convenio”, entonces sí que se perderan dichas horas y se deberan de realizar de nuevo.